Telemática
Con el certificado electrónico
(Presentación a través de Internet con certificado de firma reconocido.)
Sin certificado electrónico
(A través de Internet sin certificado de firma electrónica reconocido).
En formato papel
Notificaciones simplificadas
En formato XML
Con el certificado electrónico
Sin certificado electrónico
¿Qué es el formato XML?
Este formato está previsto para los responsables de ficheros que quieran cumplir con sus obligaciones mediante sus propias aplicaciones informáticas, así como para aquellos desarrolladores de programas de protección de datos que quieran ofrecer a sus clientes la posibilidad de notificar sus ficheros.
¿Quiénes están obligados a notificar la creación, modificación o supresión de ficheros al RGPD?
Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que procedan a la creación de los ficheros que contengan datos de carácter personal.
¿Qué ocurre si no se notifica la existencia de un fichero?
En este caso podría incurrir en falta leve o grave, tal y como se señala en el artículo 44 de la Ley Orgánica 15/1999, quedando sujeto al régimen sancionador previsto en la Ley.
¿Qué operaciones acerca de un fichero se notifican a RGPD?
Debe comunicar a la AGPD, si va a crear un fichero o va a realizar un nuevo tratamiento de datos, cualquier modificación que afecte al contenido de la inscripción realizada en el RGPD, por supuesto también debe comunicarse a la AGPD la supresión del fichero por parte del responsable, para que se proceda al a cancelación de la inscripción.